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Documento BOE-A-1979-17745

Orden de 4 de junio de 1979 por la que se dispone el cumplimiento de la sentencia del Tribunal Supremo, dictada con fecha 16 de febrero de 1979, en el recurso contencioso-administrativo interpuesto por don José Ruiz Bullón.

Publicado en:
«BOE» núm. 174, de 21 de julio de 1979, páginas 17075 a 17075 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Defensa
Referencia:
BOE-A-1979-17745

TEXTO ORIGINAL

Excmo. Sr.: En el recurso contencioso-administrativo seguido en única instancia ante la Sala Quinta del Tribunal Supremo, entre partes, de una, como demandante, don José Ruiz Bullón, quien postula per sí mismo, y de otra, como demandada, la Administración Pública, representada y defendida por el Abogado del Estado, contra los acuerdos de la Sala de Gobierno del Consejo Supremo de Justicia Militar de 25 de octubre de 1975 y 27 de enero de 1976, se ha dictado sentencia con fecha 16 de febrero de 1979, cuya parte dispositiva como sigue:

«Fallamos: Que, rechazando la causa de inadmisión propuesta por el Abogado del Estado, estimamos el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Teniente de Infantería, en situación de retirado, don José Ruiz Bullón, y anulamos los acuerdos de la Sala de Gobierno del Consejo Supremo de Justicia Militar de veinticinco de octubre de mil novecientos setenta y cinco y veintisiete de enero de mil novecientos setenta y seis, fijando en su lugar, la pensión de retiro del recurrente en la cantidad de veinticinco mil doscientas (25.200) pesetas mensuales con los mismos efectos del señalamiento efectuado en veintiuno de octubre de mil novecientos setenta y cinco, y el abono de las diferencias dejadas de percibir, debiendo tomarse las medidas necesarias para la efectividad de este pronunciamiento; sin imposición de las costas causadas en este proceso.

Así por esta nuestra sentencia, que se publicará en el “Boletín Oficial del Estado” e insertará en la “Colección Legislativa”, definitivamente juzgando, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.»

En su virtud, este Ministerio ha tenido a bien disponer se cumpla en sus propios términos la referida sentencia publicándose el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado», todo ello en cumplimento de lo prevenido en el artículo 105 de la Ley de lo Contencioso-Administrativo de 27 de diciembre de 1956 («Boletín Oficial del Estado» número 363).

Lo que, por la presente Orden ministerial, digo a V. E. para su conocimiento y efectos consiguientes.

Dios guarde a V. E. muchos años.

Madrid, 4 de junio de 1979.

RODRIGUEZ SAHAGUN

Excmo. Sr. Teniente General Presidente del Consejo Supremo de Justicia Militar.

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