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Documento BOE-A-1979-17966

Orden de 30 de mayo de 1979 por la que se dispone el cumplimiento de la sentencia dictada por el Tribunal Supremo, en grado de apelación, en el recurso contencioso-administrativo número 4/77, promovido por el Ayuntamiento de Lesaca y 24 más contra acuerdo del Ministerio de Industria, por silencio administrativo.

Publicado en:
«BOE» núm. 175, de 23 de julio de 1979, páginas 17249 a 17249 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria y Energía
Referencia:
BOE-A-1979-17966

TEXTO ORIGINAL

Ilmo. Sr.: En el recurso contencioso-administrativo número 4/1977, interpuesto ante la Audiencia Territorial de Pamplona, por el Ayuntamiento de Lesaca y 24 más contra acuerdo del Ministerio de Industria, por silencio administrativo, se ha dictado con fecha 22 de marzo de 1978 sentencia por el Tribunal Supremo, en grado de apelación, cuya parte dispositiva es como sigue:

«Fallamos: Que debemos desestimar y desestimamos el presente recurso de apelación interpuesto por el Ayuntamiento de Lesaca y doña Josefina Sagardia Alzugaray, don Saturnino Echeverría Jorajuría, don Bernardo Lanz Anchordoqui, don Pantaleón Choperena Agara, don Carlos Semper Echeverría, don Marcelino Choperena Agara, don Carlos Semper Echeverría, don Marcelino Choperena Ubiría, don Santiago Echepetelecu Picabea, don Martin Sarasola Arreche, don José Portu Iraola, don Pedro Isadi Legarreta, don Felipe Echepetelecu Picabea, doña María Teresa Salvador del Río, don Juan Fermín Leiza Aguirrezabala, don José Luis Sola Arriazu, don José Miguel Ariztegui Tellechea, don Adolfo Campo Diez, don Alvaro Tellechea Lazcano, don Joaquín Arangure Díez, don Santos Goyeneche Bereau, don Pedro Lanz Anchordoqui, don Carlos Sanjurjo Lizardí, don José Luis Larralde Bereau, don Tomás Echepare Agesta y don Juan Tomás Maya Juancorena; contra la sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Territorial de Pamplona de veintidós de marzo de mil novecientos setenta y ocho, la cual confirmamos íntegramente; todo ello sin la expresa condena en costas de esta apelación.

Así por esta nuestra sentencia, que se publicará en el “Boletín Oficial del Estado” e insertará en la “Colección Legislativa”, definitivamente juzgando lo pronunciamos, mandamos y firmamos.»

En su virtud, este Ministerio, en cumplimiento de lo prevenido en la Lev de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial, del Estado».

Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y demás efectos.

Dios guarde a V. I. muchos años.

Madrid, 30 de mayo de 1979.–P. D., el Subsecretario, José Enrique García-Roméu Fleta.

Ilmo. Sr. Subsecretario de este Departamento.

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