Ilmo. Sr.: En el recurso contencioso-administrativo, seguido ante el Tribunal Supremo, Sala Cuarta, con el número 401.172, interpuesto por doña Josefa Díaz Rábago contra resolución de 17 de noviembre de 1972, se ha dictado sentencia con fecha 30 de enero de 1979, cuya parte dispositiva, literalmente, dice:
«Fallamos: Que desestimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por doña Josefa Díaz Rábago contra la resolución del Ministerio de la Vivienda de diecisiete de noviembre de mil novecientos setenta y dos, desestimatoria del recurso de reposición promovido contra la resolución del propio Departamento de dieciséis de diciembre de mil novecientos setenta y uno, que acordó denegar el proyecto de parcelación para zona residencial de viviendas en terreno rústico del Plan General de Ordenación Urbana de Zaragoza, situado en el kilómetro siete de la carretera del puente de Santa Isabel a Zuera, debemos declarar y declaramos que las citadas resoluciones son conformes a derecho, absolviendo a la Administración de las peticiones deducidas en la demanda; sin hacer imposición de las costas causadas.»
Este Ministerio, de conformidad con lo establecido en los artículos 103 y siguientes de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956, ha dispuesto que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia.
Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y demás efectos.
Madrid, 6 de junio de 1979.–P. D., el Subsecretario de Obras Públicas y Urbanismo, Manuel Pérez Olea.
Ilmo. Sr. Director general de Acción Territorial y Urbanismo.
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