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Documento BOE-A-1979-18790

Orden de 6 de junio de 1979 por la que se dispone el cumplimiento en sus propios términos de la sentencia recaída en el recurso contencioso-administrativo, en grado de apelación, número 52.281.

Publicado en:
«BOE» núm. 181, de 30 de julio de 1979, páginas 17821 a 17821 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo
Referencia:
BOE-A-1979-18790

TEXTO ORIGINAL

Ilmo. Sr.: En el recurso contencioso-administrativo, en grado de apelación, seguido ante el Tribunal Supremo, Sala Quinta, con el número 52.281, interpuesto por el Abogado del Estado, representante y defensor de la Administración, contra la sentencia dictada el 28 de enero de 1978 por la Audiencia Territorial de Madrid en el recurso contencioso-administrativo número 297/1975, promovido por doña Candelaria de Mora Frutos contra resolución de 22 de septiembre de 1974, se ha dictado sentencia con fecha 28 de marzo de 1979, cuya parte dispositiva, literalmente, dice:

«Fallamos: Desestimando la apelación del Abogado del Estado contra la, sentencia de veintiocho de enero de mil novecientos setenta y ocho de la Sala Tercera de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Territorial de Madrid, que estimó el recurso de doña Candelaria de Mora Frutos, actualmente de sus herederos don José Luis y doña Ana María García de Mora, contra la desestimación, por silencio administrativo, del Ministerio de Obras Públicas frente al recurso de alzada formulado por aquéllos contra acuerdo de veintidós de septiembre de mil novecientos setenta y cuatro de la Entidad Canalización del Manzanares, que desestimó la petición de los recurrentes de cuatro de junio de mil novecientos setenta y cuatro, sobre reversión de la finca integrada por las parcelas sesenta, sesenta y uno y sesenta y cuatro de la hoja ciento dieciséis-II del plano parcelario de Madrid, de seis mil ochocientos cuarenta y siete coma cincuenta y un metros cuadrados de cabida, confirmando en todas sus partes la citada sentencia: sin hacer imposición de costas.»

Este Ministerio, de conformidad con lo establecido en los artículos 103 y siguientes de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956, ha dispuesto que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia.

Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y demás afectos

Madrid, 6 de junio de 1979.–P. D., el Subsecretario de Obras Públicas y Urbanismo, Manuel Pérez Otea.

Ilmo. Sr. Delegado del Gobierno en la Canalización del Manzanares.

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