Ilmo. Sr.: Solicitada por el Director de la Escuela de Artes Aplicada y Oficios Artísticos de Guadix la creación en la misma de la especialidad de «Grabado», de la Sección de Artes Aplicadas al Libro, y teniendo en cuenta que la Inspección General de las Escuelas de Artes Aplicadas y Oficios Artísticos considera que debe accederse a dicha petición, habida cuenta de que su reconocimiento no supone gasto alguno de instalaciones y aumento de profesorado,
Este Ministerio, en uso de las atribuciones que le concede el artículo once del Decreto 2127/1963, de 24 de julio, ha dispuesto:
Se crea en la Escuela de Artes Aplicadas y Oficios Artísticos de Guadix, con validez oficial de sus enseñanzas, la especialidad de «Grabado», de la Sección de Artes Aplicadas al Libro.
La especialidad creada se impartirá a partir del año académico 1979-80 el primer curso, y del año 1980-81 el segundo curso de la misma.
La creación de la especialidad, a que se refiere el apartado primero de la presente, no supone modificación alguna en la plantilla del profesorado que actualmente tiene asignada la Escuela de Artes Aplicadas y Oficios Artísticos de Guadix.
Lo digo a V. I para su conocimiento y efectos.
Dios guarde a V. I.
Madrid, 13 de junio de 1979.–P. D., el Subsecretario, Juan Manuel Ruigómez Iza.
Ilmo. Sr. Director general de personal.
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