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Documento BOE-A-1979-20004

Orden de 11 de junio de 1979 por la que se dispone se dé cumplimiento de la sentencia dictada por la Audiencia Territorial de Valladolid en el recurso contencioso-administrativo interpuesto contra este Departamento por Román Sánchez Prieto.

Publicado en:
«BOE» núm. 193, de 13 de agosto de 1979, páginas 19074 a 19075 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Sanidad y Seguridad Social
Referencia:
BOE-A-1979-20004

TEXTO ORIGINAL

Ilmo. Sr.: Habiendo recaído resolución firme de la Audiencia Territorial de Valladolid con fecha 19 de febrero de 1979 en el recurso contencioso-administrativo número 154/78, interpuesto por Román Sánchez Prieto contra este Departamento, sobre concurso-oposición para proveer plazas en propiedad.

Este Ministerio ha tenido a bien disponer se cumpla en sus propios términos la referida sentencia, cuya parte dispositiva, literalmente, dice:

«Fallamos: Que en el recurso interpuesto por la representación de don Román Sánchez Prieto contra la Administración General del Estado, y con estimación parcial de las pretensiones formuladas en la demanda, debemos declarar y declaramos que es nulo, por infringir el ordenamiento jurídico, el acuerdo adoptado de diecisiete de febrero de mil novecientos setenta y ocho por el Ministerio de Sandiad y Seguridad Social, desestimatorio del recurso de alzada entablado contra la resolución acordaba en diez de octubre de mil novecientos setenta y siete por la Comisión Central de reclamaciones, sobre declaración y provisión de vacantes del personal sanitario de la Seguridad Social, que desestimó la reclamación formulada por el interesado contra la decisión de veinte de abril anterior de la Delegación Provincial del Instituto Nacional de Previsión en Salamanca, con referencia al concurso-oposición convocado en dieciocho de enero del mismo año para proveer en propiedad plazas de facultativos de servicios no jerarquizados en la Seguridad Social (entre ellas, las de oftalmología), y que la puntuación correspondiente al demandante es la de cinco coma sesenta y cinco puntos, por lo que debe ser propuesto para la provisión de la plaza que a tal calificación corresponde, de las que deben ser provistas en la especialidad de oftalmología; sin expresa imposición de las costas procesales.»

Lo que comunico a V. I. para su conocimiento, y en virtud de las atribuciones delegadas a esta Subsecretaría por Orden del excelentísimo señor Ministro de 2 de marzo de 1979, a los efectos de lo dispuesto en los artículos 103 y siguientes de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956.

Dios guarde a V. I.

Madrid, 11 de junio de 1979.‒P.D., el Subsecretario, Eloy Ybáñez Bueno.

Ilmo. Sr. Director general de Asistencia Sanitaria.

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