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Ilmo. Sr.: Cumplidos los trámites reglamentarios en el expediente promovido por la firma «Pilas Secas Tudor, S. A.», en solicitud de que le sea prorrogado el período de vigencia del régimen de tráfico de perfeccionamiento activo que le fue autorizado por Orden ministerial de 4 de julio de 1974 («Boletín Oficial del Estado» del 17) y ampliaciones posteriores.
Este Ministerio, conformándose a lo informado por la Dirección General de Exportación, ha resuelto prorrogar por dos años más, a partir del día 17 de julio de 1979, el régimen de tráfico de perfeccionamiento activo autorizado a la firma «Pilas Secas Tudor, S. A.», para la importación de materias primas y piezas y la exportación de pilas secas eléctricas y ampliaciones posteriores.
Quedan incluidos en los beneficios de esta concesión que se prorroga los envíos con destino a territorios fuera del área aduanera nacional.
Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos.
Dios guarde a V. I. muchos años.
Madrid, 19 de julio de 1979.–P. D., el Subsecretario de Comercio, Agustín Hidalgo de Quintana.
Ilmo. Sr. Director general de Exportación.
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