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Ilmo. Sr.: Vista la instancia formulada por la firma «Nerpel, S. A.», en solicitud de autorización para ceder el beneficio fiscal correspondiente a los saldos de las materias primas contenidas en las exportaciones realizadas dentro del sistema de reposición con franquicia arancelaria que tiene autorizado por Orden de 13 de septiembre de 1976 («Boletín Oficial del Estado» de 14 de octubre) y ampliado por Orden de 6 de mayo de 1978 («Boletín Oficial del Estado» de 17 de junio),
Este Ministerio, conformándose a lo informado y propuesto por la Dirección General de Exportación, ha resuelto autorizar a la firma «Nerpel, S. A.», con domicilio en calle Valencia, 488, Barcelona, la cesión del beneficio fiscal correspondiente a los saldos de las materias primas contenidas en las exportaciones realizadas a partir del 1 de junio de 1979, dentro del sistema de reposición con franquicia arancelaria que tiene autorizado por Orden de 13 de septiembre de 1976 («Boletín Oficial del Estado» de 14 de octubre) y ampliado por Orden de 6 de mayo de 1978 («Boletín Oficial del Estado» de 17 de junio).
El Servicio de Tráfico de Perfeccionamiento Activo de la Dirección General de Exportación hará constar en la documentación relativa a las importaciones acogidas a esta cesión qué empresa es la cedente del beneficio correspondiente.
El cesionario será el sujeto pasivo del Impuesto General sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados regulados por el Decreto 1018/1967, de 6 de abril, al tipo impositivo previsto en el número 2 de la tarifa vigente.
Lo que comunicó a V. I. para su conocimiento y efectos.
Dios guarde a V. I. muchos años.
Madrid, 19 de julio de 1979.‒P. D., el Subsecretario de Comercio, Agustín Hidalgo de Quintana.
Ilmo. Sr. Director general de Exportación.
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