Contingut no disponible en català
Visto el expediente de indulto de James Edward Stanktewicz condenado por la Audiencia Provincial de Cádiz, en sentencia de veintiuno de octubre de mil novecientos setenta y siete, como autor de un delito contra la salud pública, a la pena de ocho años y seis meses de prisión mayor y multa de cuarenta mil pesetas, y teniendo en cuenta las circunstancias que concurren en los hechos;
Vistos la Ley de dieciocho de junio de mil ochocientos setenta, reguladora de la gracia de indulto, y el Decreto de veintidós de abril de mil novecientos treinta y ocho;
Oídos el Ministerio Fiscal y el Tribunal sentenciador, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día ocho de junio de mil novecientos setenta y nueve.
Vengo en indultas a James Edward Stanktewicz del resto de la pena privativa de libertad que le queda por cumplir.
Dado en Madrid a ocho de junio de mil novecientos setenta y nueve.
JUAN CARLOS
El Ministro de Justicia,
IÑIGO CAVERO LATAILLADE
Agència Estatal Butlletí Oficial de l'Estat
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid