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Documento BOE-A-1979-21748

Real Decreto 2100/1979, de 13 de julio, por el que se modifica el Real Decreto 3379/1978, de 29 de diciembre, por el que se regula la concesión de la «Medalla al Mérito en las Bellas Artes».

Publicado en:
«BOE» núm. 215, de 7 de septiembre de 1979, páginas 20910 a 20910 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Cultura
Referencia:
BOE-A-1979-21748
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/rd/1979/07/13/2100

TEXTO ORIGINAL

Por Real Decreto tres mil trescientos setenta y nueve/mil novecientos setenta y ocho, de veintinueve de diciembre, se reguló la concesión de la «Medalla al Mérito en las Bellas Artes», creándose un Consejo Asesor con la misión de asesorar al Ministro sobre los méritos que concurran en las personas o Entidades propuestas para la concesión de esta recompensa.

Los recientes reajustes orgánicos introducidos por Real Decreto mil doscientos noventa y ocho/mil novecientos setenta y nueve, de uno de junio, por el que se reestructura el Ministerio de Cultura, obligan a introducir las correspondientes modificaciones en la composición del mencionado Consejo Asesor.

En su virtud, a propuesta del Ministro de Cultura, con la aprobación de la Presidencia del Gobierno y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día trece de julio de mil novecientos setenta y nueve,

DISPONGO:

Artículo único.

El artículo sexto del Real Decreto tres mil trescientos setenta y nueve/mil novecientos setenta y ocho, de veintinueve de diciembre, quedará redactado de la siguiente forma:

«Artículo sexto.

Uno. El Consejo Asesor de la “Medalla al Mérito en las Bellas Artes” tendrá como misión asesorar al Ministro sobre los méritos que concurran en las personas o Entidades propuestas para la concesión de esta recompensa.

Dos. La composición del Consejo Asesor de la “Medalla al Mérito en las Bellas Artes” será la siguiente:

Presidente: El Subsecretario de Cultura.

Vocales:

El Secretario general Técnico del Ministerio de Cultura.

El Director general de Servicios.

El Director general del Patrimonio Artístico, Archivos y Museos.

El Director general de Música.

El Director general de Teatro y Espectáculos.

El Director general de Cinematografía.

El Director general del Libro y Bibliotecas.

Dos vocales, expertos en el campo de la creación artística o cultural que vayan a ser objeto de la recompensa, nombrados por el Presidente del Consejo Asesor, a propuesta en cada caso de la Secretaría General Técnica o de cada una de las Direcciones Generales que promuevan la concesión.

Secretario: El Jefe del Gabinete de Protocolo del Ministerio de Cultura.»

Dado en Madrid a trece de julio de mil novecientos setenta y nueve.

JUAN CARLOS

El Ministro de Cultura,

MANUEL CLAVERO ARÉVALO

ANÁLISIS

  • Rango: Real Decreto
  • Fecha de disposición: 13/07/1979
  • Fecha de publicación: 07/09/1979
  • Fecha de entrada en vigor: 27/09/1979
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE MODIFICA la composición Determinada en la disposición por Orden de 7 de junio de 1985 (Ref. BOE-A-1985-11230).
Referencias anteriores
  • MODIFICA el art. 6 del Real Decreto 3379/1978, de 29 de diciembre (Ref. BOE-A-1979-4741).
  • DE CONFORMIDAD con el Real Decreto 1298/1979, de 1 de junio (Ref. BOE-A-1979-13757).
Materias
  • Artistas
  • Bellas Artes
  • Condecoraciones y Recompensas
  • Cultura
  • Ministerio de Cultura
  • Patrimonio Histórico Artístico
  • Subsecretaría del Ministerio de Cultura

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