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Documento BOE-A-1979-2260

Orden de 29 de septiembre de 1978 por la que se dispone el cumplimiento de la sentencia dictada por el Tribunal Supremo en el recurso contencioso-administrativo interpuesto por don Eutiliano Fernández Rodríguez contra la Orden ministerial de 19 de noviembre de 1972.

Publicado en:
«BOE» núm. 21, de 24 de enero de 1979, páginas 1879 a 1880 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo
Referencia:
BOE-A-1979-2260

TEXTO ORIGINAL

Ilmo. Sr.: En recurso contencioso-administrativo seguido en única instancia ante la Sala Quinta del Tribunal Supremo, interpuesto por don Eutiliano Fernández Rodríguez, demandante, la Administración General, demandada, contra la Orden ministerial de 19 de noviembre de 1972, aprobatoria del justiprecio de la parcela sin número del polígono «Cerrillo de los Moralejos», se ha dictado, con fecha 29 de septiembre de 1977, sentencia, cuya parte dispositiva es como sigue:

«Fallamos: Que sin pronunciamiento especial en orden a las costas, estimamos en parte el recurso contencioso administrativo interpuesto por don Eutiliano Fernández Rodríguez contra la resolución del Ministerio de la Vivienda, fechada el diecinueve de noviembre de mil novecientos setenta y uno, aprobatoria del proyecto de expropiación del polígono "Cerrillo de los Moralejos", que, por no estar ajustada a derecho, en parte la anulamos, declarando que las fincas expropiadas se valoran en junto, incluido suelo, construcción y premio de afección, en trescientas ochenta y una mil ochocientas sesenta y ocho pesetas con veinte céntimos (381.868,20), suma que deberá abonarse al expropiado y además el interés legal computado desde el siguiente día al en que tuvo lugar la ocupación de la finca y hasta su completo pago, y mandamos a la Administración que adopte las medidas pertinentes para que lo acordado se lleve a completo y debido efecto.

Así por esta nuestra sentencia, que se publicará en el "Boletín Oficial del Estado" e insertará en la "Colección Legislativa», definitivamente juzgando, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.»

En su virtud, este Ministerio ha tenido a bien disponer se cumpla en sus propios términos la referida sentencia, publicándose el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado», todo ello en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956.

Lo que comunico a V. I. a los efectos oportunos.

Dios guarde a V. I.

Madrid, 29 de septiembre de 1978.–P. D., el Subsecretario de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente, Eduardo Merigó González.

Ilmo. Sr. Director-Gerente del Instituto Nacional de Urbanización.

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