Ilmo. Sr.: Visto el escrito que eleva el Director del Colegio «San José», de Espinardo (Murcia), para que se deje sin efecto el funcionamiento de una sección de Formación Profesional de primer grado que se le autorizó;
Teniendo en cuenta las razones alegadas sobre la carencia de alumnos que se recogen en el informe del Coordinador de Formación Profesional y de la propuesta del Delegado Provincial de Educación, así como el hecho de que para los escasos que tuvieran que continuar sus estudios existen otros Centros, por lo que no se les irroga perjuicio,
Este Ministerio ha resuelto suspender el funcionamiento de la Sección de Formación Profesional de primer grado que se autorizó al Colegio «San José», de Espinardo (Murcia), por Orden de 10 de noviembre de 1975 («Boletín Oficial del Estado» de 16 de diciembre), a partir del próximo curso académico 1979/80.
Por la Dirección General de Enseñanzas Medias se adoptarán las medidas oportunas para el mejor desarrollo e interpretación de esta Orden.
Lo digo a V. I. para su conocimiento y efectos.
Dios guarde a V. I.
Madrid, 1 de agosto de 1979.–P. D., el Subsecretario, José Manuel Ruigómez Iza.
Ilmo. Sr. Director general de Enseñanzas Medias.
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