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Ilmo. Sr.: Cumplidos los trámites reglamentarios en el expediente promovido por la firma «Aiscondel, S. A.», en solicitud de que le sea prorrogado el período de vigencia del régimen de tráfico de perfeccionamiento activo que le fue autorizado por Orden ministerial de 29 de mayo de 1964 («Boletín Oficial del Estado» de 4 de junio), ampliada, modificada y prorrogada por Ordenes ministeriales de 9 de septiembre de 1968 («Boletín Oficial del Estado» del 17), 28 de junio de 1974 («Boletín Oficial del Estado» de 13 de julio) y 13 de mayo de 1975 («Boletín Oficial del Estado de 5 de junio),
Este Ministerio, conformándose a lo informado y propuesto por la Dirección General de Exportación, ha resuelto:
1. Prorrogar por dos años más, a partir del día 4 de junio de 1979, el régimen de tráfico de perfeccionamiento activo autorizado a la firma «Aiscondel, S A.», por Orden ministerial de 29 de mayo de 1964 («Boletín Oficial del Estado» de 4 de junio), ampliada, modificada y prorrogada por Ordenes ministeriales de 9 de septiembre de 1968 («Boletín Oficial del Estado» del 17), 28 de junio de 1974 («Boletín Oficial del Estado» de 13 de julio) y 13 de mayo de 1975 («Boletín Oficial del Estado» de 5 de junio), para la importación de estireno monómero y caucho sintético y la exportación de poliestireno.
2. Quedan incluidos en los beneficios de la concesión que se prorroga los envíos con destino a territorios fuera del área aduanera nacional.
Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos.
Dios guarde a V. I. muchos años.
Madrid, 8 de septiembre de 1979.‒P. D., el Subsecretario de Comercio, Agustín Hidalgo de Quintana.
Ilmo. Sr. Director general de Exportación.
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