Por Resolución de la Dirección General de Política Arancelaria e Importación de 4 de septiembre de 1975 («Boletín Oficial del Estado» de 24 de septiembre) se otorgaron a la Empresa «Babcock-Kellogg, S. A.» (hoy «Babcock & Wilcox Española, Sociedad Anónima») los beneficios del régimen de fabricación mixta para la construcción de conjuntos de tuberías y accesorios para los sitemas principales y auxiliares, con exclusión del primario (refrigeración del reactor), para la central nuclear de Ascó, grupo I. Esta Resolución ha sido modificada por Resoluciones de 16 de diciembre de 1976 («Boletín Oficial del Estado» de 27 de enero de 1977) y 8 de marzo de 1979 («Boletín Oficial del Estado» de 27 de marzo).
Debido a retrasos en el suministro de varios elementos de importación, no podrán terminarse, los conjuntos de tuberías y accesorios objeto de la fabricación mixta en el plazo previsto por lo que resulta aconsejable ampliar el plazo de vigencia de la citada autorización-particular.
En su virtud, y de acuerdo con el informe de la Dirección General de Industrias Siderometalúrgicas y Navales, de 20 de julio de 1979,
Esta Dirección General de Política Arancelaria e Importación, ha dispuesto:
Se prorroga por dos años, con efectos a partir de la fecha de caducidad, la autorización-particular de 4 de septiembre de 1975 otorgada a la Empresa «Babcock-Kellogg, S. A.» (hoy «Babcock & Wilcox Española, S. A.»), para la construcción, en régimen de fabricación mixta, de conjuntos de tuberías y accesorios para los sistemas principales y auxiliares, con exclusión del primario (refrigeración del reactor), para la central nuclear de Ascó, grupo I.
Madrid, 31 de agosto de 1979.–Él, Director general, José Ramón Bustelo y García dél Real.
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