Ilmo. Sr.: en los recursos contencioso-administrativos seguidos ante el Tribunal Supremo, Sala Quinta, con los números 506.710 y 506.715 acumulados, interpuesto por «Vasco Carrazana, S. A.», y doña María Orcasitas de la Peña y otros contra acuerdo del Consejo de Ministros de 20 de mayo de 1975, se ha dictado sentencia con fecha 22 de noviembre de 1978, cuya parte dispositiva, literalmente, dice:
«Fallamos: Que sin pronunciamiento especial sobre las costas declaramos: a) Caducado el recurso contencioso-administrativo interpuesto por don Jaime, doña María Teresa y doña María del Carmen Mariategui y Arteaga, y b) desestimamos el entablado por doña María Orcasitas de la Peña y la Entidad “Vasco Carrazana, S. A.”, en cuanto al Decreto dos mil quiniento catorce/mil novecientos setenta y cuatro, de nueve de agosto, que tenía por objeto la delimitación, previsión de planeamiento y precios del polígono “Meseta de Orcasitas”, de Madrid, y asimismo contra la desestimación del recurso de reposición.»
El Consejo de Ministros, a propuesta del excelentísimo señor Ministro de este Departamento, en su reunión dl día 20 de julio de 1979, y de conformidad con lo establecido en los artículos 103 y siguientes de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956, ha dispuesto que se cumpla en sus propios término la referida sentencia.
Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y demás efectos.
Madrid, 5 de septiembre de 1979.‒P. D., el Subsecretario de Obras Públicas y Urbanismo, Manuel Pérez Olea.
Ilmo. Sr. Director gerente del Instituto Nacional de Urbanización.
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