El ilustrísimo señor Director general de Puertos y Costas, en uso de las facultades delegadas por Orden ministerial de 6 de junio de 1979 («Boletín Oficial del Estado» del 23) ha otorgado, con fecha 27 de julio de 1979, una autorización al «Club Náutico de Torre Horadada», cuyas características son las siguientes:
Provincia: Alicante.
Término municipal: Orihuela.
Superficie aproximada 44.450 metros cuadrados.
Destino: Construcción de una base náutica para refugio de embarcaciones menores, en terrenos de dominio público y del mar litoral, en Torre Horadada.
Plazo concedido: Treinta años.
Canon: 7 pesetas por metro cuadrado y año.
Prescripciones: Esta autorización no tendrá efecto en tanto no quede resuelta la evacuación de las aguas residuales, a cuyo efecto, el concesionario deberá presentar en la Cuarta Jefatura Regional de Costas y Puertos, en elp lazo de tres meses, el anexo correspondiente a la evacuación de dichas aguas.
En casos de emergencia, por averías, mal tiempo, desembarque de enfermos o accidentados o similares, será libre la entrada al refugio para cualquier embarcación que lo interese.
Lo que se hace público para general conocimiento.
Madrid, 13 de septiembre de 1979.‒El Director general, Carlos Martínez Cebolla.
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