El ilustrísimo señor Director general de Transportes Terrestres, en uso de facultades delegadas por Orden ministerial de 5 de julio de 1977, con fecha 10 de septiembre de 1979, ha resuelto otorgar definitivamente a don Aníbal Canelas Centeno la concesión del citado servicio, como hijuela del ya establecido entre Usagre y Don Benito (V-1.304), provincia de Badajoz, con arreglo a las Leyes y Reglamentos de Ordenación y Coordinación de Transportes vigentes y, entre otras, a las siguientes condiciones particulares:
Itinerario, longitud de 11,5 kilómetros: Guareña y Valverde de Mérida, se realizará sin paradas fijas intermedias.
Expediciones: Una de ida y vuelta los días laborables en conjunto con el servicio-base.
Tarifas: Las mismas del servicio-base V-1.304
Clasificación con respecto al ferrocarril: Coincidente b) en conjunto con el servicio-base V-1.304.
Madrid, 10 de septiembre de 1979.–El Director general, Pedro González-Haba González.–12.182-E.
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