El Ilustrísimo señor Director general de Transportes Terrestres, en uso de facultades delegadas por Orden ministerial de 5 de julio de 1977, con fecha 28 de diciembre de 1978, ha resuelto otorgar definitivamente a «Herederos de Gabriel Sanjuán Varela, C. B.» la concesión del citado servicio, como hijuela del ya establecido entre La Coruña y Meira, con hijuela, de El Ferrol a Santiago de Compostela (U-274), provincia de Lugo, con arreglo a las Leyes y Reglamentos de Ordenación y Coordinación de Transportes vigentes, y, entre otras, a las siguientes condiciones particulares:
Itinerario: Longitud, 13 kilómetros Ramil, Azumara, Castro del Rey, Bazar y empalme de Puente Otero.
Expediciones: Una diaria de ida y vuelta entre Ramil y Villalba, cofa la intensificación del servicio-base en el tramo parcial afectado.
Tarifas: Las mismas del servicio-base de la U.274.
Clasificación respecto del ferrocarril: Coincidente b) en conjunto con el servicio-base U.274.
Madrid, 28 de diciembre de 1978.—El Director general, José Luis García López.‒215-A.
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