Vistos los informes preceptivos, y conforme a lo que previenen los artículos 5 y 9 del Decreto de 26 de julio de 1956 y 13 de la Orden ministerial de 14 de enero de 1957, les han sido anulados por orden del excelentísimo señor Ministro de este Departamento, con esta fecha, y a propuesta de esta Dirección General, los títulos de «Ganadería Diplomada» a las explotaciones de la especie bovina de raza «Frisona» que a continuación se relacionan:
Provincia | Ganadero | Causa |
---|---|---|
Baleares. | D. Buenaventura Rubí Servera. | Venta del ganado. |
Santander. | D. Carlos de la Maza Maza. | Petición propia. |
Santander. | D. Nicanor Martínez Gómez. | Baja en núcleos de control lechero. |
Toledo. | Granja Escuela de Capataces. | Requisitos sanitarios. |
Toledo. | D. José R. del Castillo Hansch. | Requisitos sanitarios. |
Valladolid. | D.Laureano Pérez Andújar. | Venta del ganado. |
Lo que pongo en conocimiento de VV. SS. a los efectos señalados en las referidas disposiciones.
Dios guarde a VV. SS.
Madrid, 24 de septiembre de 1979.‒El Director general, José Luis García Ferrero.
Sres. Delegados provinciales del Ministerio de Agricultura.
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