De conformidad con lo dispuesto en los artículos 187, 188 y concordantes del Reglamento de Funcionarios de Administración Local, de 30 de mayo de 1952, según han quedado afectados por el Real Decreto 3046/1977, de 6 de octubre, vistos los acuerdos e informes reglamentarios.
Esta Dirección General ha resuelto:
Agrupar la comunidad de Villa y tierra de Pedraza y el Municipio de Pedraza.
Fijar la capitalidad de ]a agrupación en el Municipio de Pedraza.
Clasificar la plaza de Secretario de la agrupación en tercera categoría, décima clase, quedando como titular de la misma don Alejandro Sanz de Lama, que lo es del Ayuntamiento de Pedraza.
Suprimir las plazas vacantes de Interventor y Depositario de Fondos de la Comunidad de Villa y tierra de Pedraza.
Lo que se hace público para general conocimiento.
Madrid, 12 de septiembre de 1979.–El Director general, Vicente Capdevila Cardona.
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