Ilmo. Sr.: Con el fin de satisfacer Ja necesidad de puestos escolares de Formación Profesional, con la previsión a que se refiere el articulo 40 de la Ley General de Educación y las específicas de la zona, así como lo establecido en el articulo 30 del Decreto 707/1976, de 5 de marzo («Boletín Oficial del Estado» de 12 de abril siguiente),
Este Ministerio, de acuerdo con el informe emitido por la Delegación Provincial de Málaga y teniendo en cuenta, que por la respectiva Corporación Municipal han sido facilitados locales suficientes, ha dispuesto lo siguiente:
Se crea en la localidad de Cortes de la Frontera una Sección de Formación Profesional de primer grado, en la que se cursarán las enseñanzas de Formación Profesional de primer grado en la rama Administrativa y Comercial, Profesión Administrativa, dependiente del Centro Nacional de Formación Profesional de primero y segundo grados de Ronda. Al frente de la misma habrá un Profesor que actuará como Profesor-Delegado del Centro estatal del que depende y que será nombrado por el Delegado provincial del Departamento en la forma reglamentaria.
Los gastos de material fungible, inventariable y mobiliario serán satisfechos con cargo a los fondos de la Junta de Construcciones, Instalaciones y Equipo Escolar o del Patronato de Promoción de la Formación Profesional. Los gastos de funcionamiento no incluidos entre los ya citados serán sufragados por el Ayuntamiento de la localidad arriba mencionada.
La citada Sección entrará en funcionamiento a partir del próximo curso 1979-80.
Se autoriza a la Dirección General de Enseñanzas Medias para tomar todas las medidas que considere necesarias para el mejor cumplimiento de cuanto por la presente se dispone.
Lo digo a V. I. para su conocimiento y demás efectos.
Dios guarde a V. I.
Madrid, 17 de septiembre de 1979.‒P. D., el Subsecretario, Juan Manuel Ruigómez Iza.
Ilmo. Sr. Director general de Enseñanzas Medias.
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