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Excmos. Sres.: La Orden del Ministerio de Industria y Energía de 8 de mayo de 1976 («Boletín Oficial del Estado» del día 20) abrió un nuevo plazo de presentación de solicitudes para acogerse a los beneficios aplicables a las Empresas que se instalen en las zonas de preferente localización industrial y dio normas para la tramitación de las mismas.
En el caso de la zona de preferente localización industrial de la Comarca de Tierra de Campos, los beneficios aplicables son los establecidos en el Decreto 1009/1976, de 20 de abril («Boletín Oficial del Estado» de 17 de mayo).
El segundo párrafo del número 1 del apartado 11 de la Orden antes citada dice que el Ministerio de Industria elevará a la Comisión Delegada de Asuntos Económicos, juntamente con el Ministerio de Hacienda, la oportuna propuesta, adoptándose la decisión final por Orden de la Presidencia del Gobierno.
Habiéndose seguido, respecto de la solicitud relacionada, todos los trámites establecidos en la citada Orden de 8 de mayo de 1976, procede dictar la que resuelva sobre la misma.
El artículo 2.º de la Orden de 8 de mayo de 1976 establece que los beneficios pueden concederse a las Empresas que «pretendan realizar instalaciones industriales», en tanto que el expediente TC/66 de fabricación de automóviles «Renault de España, S. A.», sólo resta una cantidad de 315.000 pesetas por invertir de un proyecto cuya totalidad asciende a más de 6.500 millones, por lo que se trataría de conceder beneficios a una inversión ya realizada.
En su virtud, a propuesta de los Ministros de Hacienda y de Industria y Energía y en cumplimiento de lo acordado en el Consejo de Ministros en su reunión del día 14 de agosto de 1979,
Esta Presidencia del Gobierno ha tenido a bien disponer:
Queda denegada la concesión de los beneficios solicitados por la Empresa fabricación de automóviles «Renault de España, S. A.», para la instalación de una industria de fabricación de automóviles en Villamuriel del Cerrato (Palencia), expediente TC/66, al amparo de lo dispuesto en la Orden del Ministerio de Industria y Energía de 8 de mayo de 1976, para la obtención de los beneficios cuya obtención prevé el Decreto 1009/1976, de 20 de abril («Boletín Oficial del Estado» de 11 de mayo).
Lo que comunico a VV. EE.
Madrid, 15 de octubre de 1979.
PEREZ LLORCA Y RODRIGO
Excmos. Sres. Ministros de Hacienda e Industria y Energía.
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