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Ilmos. Sres.: Vistos y estudiados los Estatutos Sociales de las Cooperativas que a continuación se relacionan, así como el informe previo emitido,
Este Ministerio, de acuerdo con lo establecido en las disposiciones transitorias de la Ley 52/1974, de 19 de diciembre, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 5.º, 7.º y 8.º de la Ley de Cooperación de 2 de enero de 1942 y 27 del Reglamento para su aplicación de 13 de agosto de 1971, ha tenido a bien aprobarlos y disponer su inscripción en el Registro Oficial de Cooperativas de la Dirección General de Cooperativas y Empresas Comunitarias:
Cooperativas del campo
Sociedad Cooperativa Nuestro Padre Jesús», de Serrato (Málaga).
«Sociedad Cooperativa del Campo Chapatales», de El Chapatal (Sevilla).
Cooperativas de consumo
«Sociedad Cooperativa de la Asociación de Padres de Familia y Amigos y Bienhechores del Colegio Nacional San Pío X», de Barcelona.
«Sociedad Cooperativa Nuestra Señora de Loreto», de Socuéllanos (Ciudad Real).
Cooperativas industriales
«Sociedad Cooperativa Alborada de Villena», de Villena (Alicante).
«Sociedad Cooperativa Centro de Formación Profesional Instituto Social de la Juventud», de Barcelona.
«Sociedad Cooperativa Escola Bressol Mireía», de Barcelona.
«Sociedad Cooperativa Industrial de Elaborados de Tripa», de Sabadell (Barcelona).
«Sociedad Cooperativa Confecciones Verín», de Verín (Orense).
«Sociedad Cooperativa de Comerciantes del Mercado del Arenal», de Sevilla.
«Sociedad Cooperativa Industrial Enguera C.O.I.N.D.E.», de Enguera (Valencia).
Cooperativas de viviendas
«Sociedad Cooperativa de Viviendas San Pedro» de San Pedro de Premiá (Barcelona).
Lo que comunico a VV. II. para su conocimiento y efectos.
Dios guarde a VV. II.
Madrid, 3 de julio de 1979.‒P. D., el Subsecretario, Gerardo Harguindey Banet.
Ilmos. Sres. Subsecretario y Director general de Cooperativas y Empresas Comunitarias.
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