Padecido error en la inserción de la citada Orden, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 156, de fecha 30 de junio de 1979, a continuación se formula la oportuna rectificación:
En la página 14959, primera columna, líneas 1 y 2 del fallo, donde dice: «... sin pronunciamiento especial en orden a las cotas...», debe decir: «..., sin pronunciamiento especial en orden a las costas».
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