Ilmo. Sr.: Habiendo recaído resolución firme de la Audiencia Territorial de Palma de Mallorca, con fecha 25 de junio de 1979, en el recurso contencioso-administrativo número 120/78, interpuesto por don Juan José Sánchez Fernández contra este Departamento, sobre provisión de vacantes de personal sanitario,
Este Ministerio ha tenido a bien disponer se cumpla en sus propios términos la referida sentencia, cuya parte dispositiva literalmente dice:
«Fallamos: Que estimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por don Juan José Sánchez Fernández contra la resolución del Ministerio de Sanidad y Seguridad Social de once de octubre de mil novecientos setenta y ocho, como desestimatoria del recurso de alzada previamente planteado contra otra anterior de la Comisión Central de Reclamaciones sobre declaración y provisión de vacantes de personal sanitario de la Seguridad Social de diez de octubre de mil novecientos setenta y siete y como confirmatoria de la “propuesta de adjudicación” o “adjudicación provisional” a favor de don Sebastián Royo Guardiola, por la Comisión Provincial de Selección de Personal Facultativo Sanitario, de una plaza no jerarquizada de especialista de Traumatología y Ortopedia en el ambulatorio “Félix Sánchez”, de la Seguridad Social de Palma de Mallorca, en trámite de resolución de concurso-oposición convocado para la provisión, entre otras, de dicha plaza, debemos anular y anulamos por no ajustados a derecho todos los referidos actos administrativos, acordando que, por la citada Comisión provincial, se proceda a formular nueva propuesta de adjudicación de la citada plaza, prescindiendo del cómputo, a favor del señor Royo Guardiola, de los seis puntos previstos en el número nueve del baremo que operó en la resolución de aquel concurso; sin expresa imposición de costas.»
Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y en virtud de las atribuciones delegadas a esta Subsecretaría por Orden del excelentísimo señor Ministro de 2 de marzo de 1979, a los efectos de lo dispuesto en los artículos 103 y siguientes de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956.
Dios guarde a V. I.
Madrid, 5 de octubre de 1979.‒P. D., el Subsecretario, Eloy Ybáñez Bueno.
Ilmo. Sr. Director general de Asistencia Sanitaria.
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