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Documento BOE-A-1979-26321

Resolución de la Delegación Provincial de Madrid por la que se autoriza el establecimiento de la línea eléctrica que se cita (50EL-1.335 bis).

Publicado en:
«BOE» núm. 264, de 3 de noviembre de 1979, páginas 25606 a 25606 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria y Energía
Referencia:
BOE-A-1979-26321

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente incoado en la Sección de Industria de Madrid a petición de «Unión Eléctrica, S.A.», con domicilio en Madrid, calle Capitán Haya, 53, solicitando autorización y declaración en concreto de utilidad pública para el establecimiento de una línea eléctrica, y cumplidos los trámites reglamentarios ordenados en el capítulo III del Decreto 2617/1966 sobre autorización de instalaciones eléctricas, y en el capítulo III del Reglamento aprobado por Decreto 2619/1966 sobre expropiación forzosa y sanciones en materia de instalaciones eléctricas, y de acuerdo con lo ordenado en el Decreto 1713/1972 de 30 de junio, y Ley de 24 de noviembre de 1939 sobre ordenación y defensa de la industria,

Esta Delegación Provincial del Ministerio de Industria y Energía de Madrid, a propuesta de la Sección correspondiente, ha resuelto:

Autorizar a «Unión Eléctrica, S.A.», la instalación de la línea eléctrica, cuyas principales caracteríisticas son las siguientes:

La instalación eléctrica se efectuará en zona residencial de Móstoles, desde la subestación de Villaviciosa de Odón (Madrid). La finalidad de la instalación es la de atender la gran demanda de energía eléctrica en el sector. Las características principales son: Cable de aluminio-acero de 116,2 milímetros cuadrados de sección total, formado por 30 hilos de aluminio y siete de acero de 2 milímetros cuadrados de diámetro cada uno.

Declarar en concreto la utilidad pública de la instalación eléctrica que se autoriza, a los efectos señalados en la Ley 10/1966, sobre expropiación forzosa y sanciones en materia de instalaciones eléctricas, y su Reglamento de aplicación de 20 de octubre de 1966.

Esta instalación no porá entrar en servicio mientras no cuente el peticionario de la misma con la aprobación de su proyecto de ejecución, previo, cumplimiento de los trámites que se señalan en el capítulo IV del citado Decreto 2617/1966, de 20 de octubre.

Madrid, 3 de octubre de 1979.–El Delegado provincial.– 7.989 C.

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