Ilmo. Sr.: De conformidad con la propuesta elevada por esa Dirección General sobre petición formulada por la Sociedad «La Central Quesera, S. A.», para acoger el perfeccionamiento de su fábrica de quesos, situada en Canillejas (Madrid) a los beneficios previstos en el Decreto 2392/1972, de 18 de agosto, sobre sectores industriales agrarios de interés preferente, y de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 152/1963, de 2 de diciembre, este Ministerio ha resuelto:
Declarar el perfeccionamiento de la fábrica de quesos de «La Central Quesera, S. A.», de Canillejas (Madrid), comprendida en sector agrario de interés preferente del apartado e), «Centros de recogida de leche, higienización de leche y fabricación de quesos» del artículo 2.° del Decreto 2392/1972, sobre industrias agrarias de interés preferente.
Incluir dentro del sector preferente la actividad industrial propuesta.
Otorgar los beneficios señalados en el artículo 3.« del Decreto 2392/1972, de 18 de agosto, en la cuantía indicada en el grupo A, del apartado 1.º de la Orden del Ministerio de Agricultura de 5 de marzo de 1965, excepto el derecho a la expropiación forzosa de los terrenos, así como el Impuesto sobre Rentas del Capital y la Libertad de Amortización durante el primer quinquenio en virtud de lo dispuesto en la Ley 44/1978, de 8 de septiembre, y la Ley 61/1978, de 27 de diciembre.
Aprobar el proyecto presentado, cuyo presupuesto asciende a la cantidad de 15.314.400 pesetas.
Conceder un plazo hasta el 31 de enero de 1980 para terminar las instalaciones, que deberán ajustarse al proyecto que ha servido de base a la presente Orden.
Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos.
Dios guarde a V. I. muchos años.
Madrid, 10 de octubre de 1979.‒P. D., el Director general de Industrias Agrarias, José Antonio Sáez Illobre.
Ilmo. Sr. Director general de Industrias Agrarias.
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