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Ilmo. Sr.: De conformidad con la propuesta elevada por esa Dirección General sobre petición formulada por la Entidad «Quesería Hispano-Finlandesa, S A.», en solicitud de que se le concedan alguno de los beneficios señalados en el Decreto 2392/1972, de 18 de agosto, sobre industrias agrarias de interés preferente y de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 152/1963, de 2 de diciembre, este Ministerio ha dispuesto:
1. Conceder a la Empresa «Quesería Hispano-Finlandesa, Sociedad Anónima», los beneficios señalados en el Decreto 2392/1972, de 18 de agosto, sobre industrias agrarias de interés preferente, que se indican a continuación, en la cuantía señalada en el grupo A, según Orden del Ministerio de Agricultura de 5 de marzo de 1965.
a) Impuesto general sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados.
b) Impuesto General sobre Tráfico de Empresas.
c) Cuota de licencia fiscal durante el período de instalación.
d) Arbitrios y tasas de las corporaciones locales.
2. Conceder una subvención que ascenderá, como máximo, a 3.200.000 pesetas, de las que 160.000 pesetas se pagarán con cargo al presupuesto del presente ejercicio, y 3.040.000 pesetas con cargo al de 1980.
3. Se adoptarán las medidas pertinentes para que quede garantizado el cumplimiento de la obligación impuesta por el artículo 19 del Decreto 2853/1964, de 18 de septiembre.
4. Prorrogar el plazo de terminación de las obras hasta el 31 de marzo de 1980.
No obstante, V. I. resolverá lo que juzgue más conveniente.
Madrid, 10 de octubre de 1979.–P. D., el Director general de Industrias Agrarias, José Antonio Sáez Illobre.
Ilmo. Sr. Director general de Industrias Agrarias.
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