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Visto el expediente incoado en esta Delegación Provincial a petición de «Hidroeléctrica de Cataluña, S. A.», con domicilio en Barcelona, Archs, 10, y cumplidos los trámites reglamentarios ordenados en el Decreto 2617/1966, de 20 de octubre, sobre autorización de instalaciones eléctricas, y en el Reglamento aprobado por Decreto 2619/1966, sobre expropiación forzosa y sanciones en materia de instalaciones eléctricas, y de acuerdo con la Ley de 24 de noviembre de 1939 sobre ordenación y defensa de la industria, y Decreto de este Ministerio de 30 de junio de 1972,
Esta Delegación Provincial del Ministerio de Industria y Energía de Lérida, a propuesta de la Sección correspondiente, ha resuelto:
Autorizar al peticionario el establecimiento de las instalaciones eléctricas, cuyo objeto y principales características son:
Variar el trazado de una línea a 25 kV. con el fin de facilitar la remodelación de la finca «Codorniú, S. A.», en la zona de Raymat, en término municipal de Lérida.
Línea eléctrica
Apoyo número 104 de la línea Almacelletas-Raymat [B-1.188 a)].
Final de la línea: Apoyo número 17 del nuevo trazado.
Término municipal afectado: Lérida.
Cruzamientos: Ayuntamiento de Lérida.
Tensión de servicio en kV.: 25.
Longitud en kilómetros: 0,817.
Número de circuitos y conductores: Uno de 3 por 43,1 milímetros cuadrados de aluminio-acero.
Apoyos: Postes de madera, metálicos.
Declarar en concreto la utilidad pública de la instalación eléctrica que se autoriza a los efectos señalados en la Ley 10/1966, sobre expropiación forzosa y sanciones en materia de instalaciones eléctricas, y su Reglamento de 20 de octubre de 1966.
El plazo para la terminación de la instalación reseñada es de un año a partir de la fecha de la presente resolución, no pudiendo entrar en servicio mientras no se cumplan los trámites que se señalan en el capítulo IV del citado Decreto 2617/1966.
Previos los trámites legales, la Administración podrá declarar la caducidad de esta concesión si se comprobase la inexactitud de las declaraciones de la Empresa que figuran en el expediente o el incumplimiento del plazo concedido.
Lérida, 3 de octubre de 1979.‒El Delegado provincial, Eduardo Mías Navés.‒8.245-C.
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