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Documento BOE-A-1979-26520

Resolución de la Dirección General de Obras Hidráulicas por la que se hace pública la autorización otorgada a don Juan Antonio Heredia Pérez para instalar una tubería a lo largo de un tramo del arroyo de Las Parras, en término municipal de Vélez-Málaga (Málaga), con destino al abastecimiento de agua potable a una parcela de su propiedad.

Publicado en:
«BOE» núm. 266, de 6 de noviembre de 1979, páginas 25781 a 25782 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo
Referencia:
BOE-A-1979-26520

TEXTO ORIGINAL

Don Juan Antonio Heredia Pérez ha solicitado la autorización para instalar una tubería a lo largo de un tramo del cauce del arroyo de Las Parras, en término municipal de Vélez-Málaga (Málaga), para la conducción de agua potable desde la conducción general Vélez-Málaga a Rincón de la Victoria, para abastecimiento de una parcela de su propiedad, y este Ministerio ha resuelto:

Autorizar a don Juan Antonio Heredia Pérez la instalación de una tubería a lo largo de un tramo del cauce público del arroyo de Las Parras, en término municipal de Vélez-Málaga (Málaga), para conducción de agua potable desde la conducción general Vélez-Málaga a Rincón de la Victoria hasta una parcela de su propiedad para abastecimiento, legalizándose las obras ejecutadas, y todo ello con sujeción a las siguientes condiciones:

1.ª Las obras se ajustarán al proyecto suscrito en Málaga y agosto de 1978 por el Ingeniero de Caminos don Antonio Molina Cobos, visado por el Colegio Oficial correspondiente con la referencia 000848 de 15 de noviembre de 1978, cuyo presupuesto de ejecución material es de 171.789,41 pesetas, en tanto no resulte modificado por las presentes condiciones y autorización. Las modificaciones de detalle que se pretendan introducir podrán ser autorizadas u ordenadas por la Comisaría de Aguas del Sur de España, siempre que tiendan al perfeccionamiento del proyecto y no alteren las características esenciales de la autorización, lo cual implicaría la tramitación de nuevo expediente.

2.ª La total acomodación de las obras a estas condiciones se terminará en el plazo de tres meses, contados a partir de la fecha de publicación de esta autorización en el «Boletín Oficial del Estado».

3.ª Esta autorización se otorga sin perjuicio del derecho del Estado a la ejecución de las obras incluidas en sus planes y que pueden resultar afectadas por las que se autoriza, y sin perjuicio del derecho de la Administración a establecer servidumbres, a efectuar los trabajos de limpieza, conservación y aprovechamiento de los materiales del cauce que estime pertinentes, quedando obligado el autorizado a ejecutar a su costa cuantas modificaciones se le impusieran por razón de dichas obras estatales, servidumbres o trabajos, pudiéndose incluso dejar sin efecto esta autorización en el caso de incompatibilidad con las referidas obras, servidumbres o trabajos, sin derecho a indemnización al autorizado. Este conservará las obras en perfecto estado y procederá sistemáticamente a la limpieza de tubería para mantener su capacidad de desagüe y evitar filtraciones. Asimismo queda obligada a mantener la capacidd de desagüe del arroyo.

4.ª La inspección y vigilancia de las obras e instalaciones, tanto durante la construcción como durante la explotación de las mismas, quedarán a cargo de la Comisaría de Aguas del Sur de España, siendo de cuenta del autorizado las remuneraciones y gastos que por dichos conceptos se originen, con sujeción a las disposiciones que le sean aplicables, y en especial al Decreto número 140, de 4 de febrero de 1960. Una vez terminadas las obras, y previo aviso del interesado, se procederá a su reconocimiento por el Ingeniero Jefe de Aguas o Ingeniero en quien delegue, levantándose acta en la que conste el cumplimiento de estas condiciones, los nombres de los productores españoles que hayan suministrado los materiales empleados y la superficie ocupada en terrenos de dominio público, sin que pueda hacer uso de estas obras en tanto no sea aprobada el acta por la Dirección General de Obras Hidráulicas.

5.ª Se concede esta autorización por un período máximo de noventa y nueve años, dejando a salvo el derecho de propiedad y sin perjuicio de tercero, quedando obligado el autorizado a demoler o modificar por su parte las obras, cuando la Administración lo ordene por interés general, sin derecho a indemnización alguna.

6.ª Se concede autorización para la, ocupación de los terrenos de dominio público necesarios para las obras. En cuanto a las servidumbres legales podrán ser decretadas por la autoridad competente una vez publicada la autorización.

7.ª El interesado queda obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes, relativas a la industria nacional, contrato de trabajo, Seguridad Social y demás de carácter laboral, administrativo o fiscal.

8.ª Queda terminantemente prohibido el vertido de escombros en el cauce afectado, siendo responsable el autorizado de los daños y perjuicios que, como consecuencia de los mismos, pudieran originarse, y de su cuenta los trabajos que la Administración ordene llevar a cabo para la limpieza de los escombros vertidos durante las obras.

9.ª Esta autorización no faculta por sí sola para ejecutar obras en zona de servidumbre de carreteras, ferrocarriles, caminos o vías pecuarias o canales, para lo cual el autorizado habrá de obtener, en su caso, las pertinentes autorizaciones de los Organismos de la Administración correspondiente.

10. El depósito constituido quedará como fianza a responder del cumplimiento de estas condiciones y será devuelto una vez haya sido aprobada el acta de reconocimiento final de las obras.

11. Esta autorización no prejuzga la línea de deslinde de los terrenos de dominio público del cauce.

12. Caducará esta autorización por incumplimiento de estas condiciones y en los casos previstos en las disposiciones vigentes, declarándose dicha caducidad según los trámites señalados en la Ley y Reglamento de Obras Públicas.

Lo que se hace público en cumplimiento de las disposiciones vigentes.

Madrid, 1 de octubre de 1979.‒El Director general, por delegación, el Comisario central de Aguas, José María Gil Egea.

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