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Ilmo. Sr.: Habiendo recaído resolución firme de la Audiencia Nacional, con fecha 16 de abril de 1979, en el recurso contencioso-administrativo número 40.344, interpuesto por «Limpiezas Cuenca, S. L.», contra este Departamento, sobre revisión de precios de contratas de adjudicación de limpieza en varias Universidades Laborales,
Este Ministerio ha tenido a bien disponer se cumpla en sus propios términos la referida sentencia, cuya parte dispositiva literalmente dice:
«Fallamos: Que desestimamos el recurso interpuesto por el Procurador don Rafael Delgado Delgado, en nombre y representación de "Limpiezas Cuenca, S. L.", contra resolución del Ministerio de Trabajo de doce de enero de mil novecientos setenta y seis, que declaramos conforme a Derecho; sin hacer condena en costas.»
Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y en virtud de las atribuciones delegadas a esta Subsecretaría por Orden del excelentísimo señor Ministro de 2 de marzo de 1979, a los efectos de lo dispuesto en los artículos 103 y siguientes de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956.
Dios guarde a V. I.
Madrid, 5 de octubre de 1979.–P. D., el Subsecretario, Eloy Ybáñez Bueno.
Ilmo. Sr. Director general de Asuntos Sociales.
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