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Documento BOE-A-1979-27143

Resolución de la Dirección General de la Energía por la que se autoriza la desviación de la línea «Escombreras-S. Vicente» a la E. T. «Campoamor» y se declara en concreto la utilidad pública de la misma.

Publicado en:
«BOE» núm. 273, de 14 de noviembre de 1979, páginas 26336 a 26336 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria y Energía
Referencia:
BOE-A-1979-27143

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente incoado en la Delegación Provincial de este Ministerio en Alicante, a instancia de «Hidroeléctrica Española, S. A.», con domicilio en Madrid, calle Hermosilla, número 3, solicitando autorización para derivación de una línea de transporte de energía eléctrica y la declaración en concreto de la utilidad pública de la misma, y cumplidos los trámites reglamentarios ordenados en el capítulo III del Decreto 2617/1966 sobre autorización de instalaciones eléctricas, y en el capítulo III del Decreto 2619/1966 sobre expropiación forzosa y sanciones en materia de instalaciones eléctricas, y Ley de 24 de noviembre de 1939,

Esta Dirección General de la Energía, a propuesta de la Sección correspondiente de la misma, ha resuelto:

Autorizar a «Hidroeléctrica Española, S. A.», el establecimiento de la derivación de la línea de transporte de energía eléctrica a 220 KV., denominada «Escombreras-San Vicente de Raspeig» actualmente en funcionamiento, entre los apoyos números 126 y 127 para su entrada en la subestación denominada «Campoamor», situada en el término municipal de Orihuela.

Consistirá en un circuito trifásico, tendido con conductor aluminio-acero de 547,17 milímetros cuadrados de sección sobre apoyos metálicos de celosía con disposición en capa, aisladores formados por dos cadenas en V. El apoyo fin de la línea será de doble circuito en disposición hexágono, y ocupando únicamente un circuito.

Contra sobretensiones de origen atmosférico se instalarán dos conductores de acero de 50 milímetros cuadrados de sección.

La finalidad de la línea consistirá en abastecer suficientemente a 220 KV. la subestación de Campoamor.

Declarar en concreto la utilidad pública de la instalación eléctrica que se autoriza, a los efectos señalados en la Ley 10/1968 sobre expropiación forzosa y sanciones en materia de instalaciones eléctricas, y en su Reglamento de aplicación aprobado por Decreto 2619/1966 de 20 de octubre.

Esta instalación no podrá entrar en servicio mientras no cuente el peticionario de la misma con la aprobación de su proyecto de ejecución, previo el cumplimiento de los trámites que se señalan en el capítulo IV del citado Decreto 2017/1968, de 20 de octubre.

Lo que comunico a V.S.

Dios guarde a V.S. muchos años.

Madrid, 18 de octubre de 1979.‒El Director general, Ramón Leonato Marsal.

Sr. Delegado provincial del Ministerio de Industria y Energía de Alicante.

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