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Documento BOE-A-1979-27636

Real Decreto 2646/1979, de 11 de octubre, sobre construcción de casa-cuartel para la Guardia Civil en Sanlúcar de Barrameda (Cádiz).

Publicado en:
«BOE» núm. 278, de 20 de noviembre de 1979, páginas 26811 a 26811 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio del Interior
Referencia:
BOE-A-1979-27636

TEXTO ORIGINAL

Examinado el expediente instruido por el Ministerio del Interior para la construcción de un edificio destinado a acuartelamiento de la Guardia Civil en Sanlúcar de Barrameda (Cádiz) y apreciándose que en el mismo se han cumplido los requisitos legales, a propuesta del Ministro del Interior y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día once de octubre de mil novecientos setenta y nueve,

DISPONGO:

Artículo 1.

Se aprueba el proyecto-presupuesto de construcción de un edificio destinado a acuartelamiento de la Guardia Civil en Sanlúcar de Barrameda (Cádiz), por un importe de ciento sesenta y ocho millones cuatrocientas setenta mil trescientas noventa y ocho pesetas, que serán imputables a los Presupuestos Generales del Estado y detalles siguientes: quince millones cuatrocientas mil pesetas, con cargo al crédito figurado en el concepto cero cinco seiscientos once de la sección dieciséis del vigente Presupuesto de Gastos del Estado; cuarenta millones de pesetas, con cargo al de mil novecientos ochenta; cincuenta millones de pesetas, con cargo al de mil novecientos ochenta y uno, y sesenta y tres millones setenta mil trescientas noventa y ocho pesetas, con cargo al de mil novecientos ochenta y dos, aplicándose en estos tres últimos años la misma titulación que en el actual o la que recoja este concepto en dichos ejercicios.

Artículo 2.

Para la adjudicación de estas obras se empleará el procedimiento de concurso-subasta, que prevé el artículo ciento diez del vigente Reglamento General de Contratación del Estado, y su realización se llevará a efecto en el plazo de treinta y seis meses.

Artículo 3.

Por los Ministerios de Hacienda y del Interior se dictarán las disposiciones convenientes en ejecución de este Real Decreto.

Dado en Madrid a once de octubre de mil novecientos setenta y nueve.

JUAN CARLOS R.

El Ministro del Interior,

ANTONIO IBAÑEZ FREIRE

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