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Documento BOE-A-1979-27641

Resolución de la Novena Jefatura Regional de Carreteras referente a la expropiación forzosa correspondiente al proyecto «CN-403, Toledo a Valladolid, p. k. 150 al 181. Tramo: Olmedo-Laguna de Duero. Ensanche y mejora del firme. Provincia de Valladolid (1-VA-270)». Términos municipales de La Pedraja de Portillo, Aldeamayor de San Martín y Boecillo (Valladolid).

Publicado en:
«BOE» núm. 278, de 20 de noviembre de 1979, páginas 26814 a 26815 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo
Referencia:
BOE-A-1979-27641

TEXTO ORIGINAL

La Dirección General de Carreteras y Caminos Vecinales, con fecha 28 de septiembre de 1977, resolvió aprobar el proyecto más arriba expresado, ordenando asimismo por otra resolución de 10 de julio de 1978 que se iniciase el expediente de expropiación necesario para la ejecución de las obras del proyecto, quedando excluido de dicha Orden el tramo correspondiente a la variante de Boecillo, comprendido entre los puntos kilométricos 176,8 al 180,5.

A estas obras les es de aplicación el párrafo b) del artículo 42 del texto refundido, aprobado por Decreto 1541/1972, de 15 de junio, considerándose implícitas las declaraciones de utilidad pública, necesidad de ocupación y urgencia para la ocupación de los bienes y derechos afectados, con los efectos que se establecen en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954.

A la vista de lo expuesto y de conformidad con el citado artículo, esta Jefatura ha resuelto convocar a los interesados afectados que figuran en la relación adjunta para que, en el día y hora que en la misma se indican, comparezcan, bien personalmente o bien representados por persona debidamente autorizada, en el Ayuntamiento de los términos municipales más arriba expresado, al objeto de trasladarse al propio terreno y proceder al levantamiento correlativo de las actas previas a la ocupación de las fincas afectadas, debiendo aportar los documentos acreditativos de su titularidad y pudiendo ir acompañados, si así lo desean, de un Perito y Notario con gastos a su costa.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 56.2 del Reglamento de Expropiación Forzosa de 26 de abril de 1957, los propietarios, así como las personas que siendo titulares de derechos reales o intereses económicos se hubiesen podido omitir en la relación anexa, podrán formular alegaciones por escrito ante esta Jefatura Regional de Carreteras (Puente Colgante, sin número, Valladolid), a los únicos efectos de subsanar posibles errores que se hayan padecido al relacionar los bienes afectados por la urgente ocupación.

Valladolid, 8 de noviembre de 1979.−El Ingeniero Jefe regional.−15.271-E.

RELACION QUE SE CITA

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