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Documento BOE-A-1979-27650

Resolución del Instituto de la Juventud por la que se acuerda la enajenación de bienes, mediante subasta, de la extinguida Red de Bazares Juveniles.

Publicado en:
«BOE» núm. 278, de 20 de noviembre de 1979, páginas 26820 a 26820 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Cultura
Referencia:
BOE-A-1979-27650

TEXTO ORIGINAL

La Red de Bazares Juveniles, perteneciente a la extinguida Delegación Nacional de la Juventud, contaba con un conjunto de bienes muebles, bien como material propio o bien en depósito, cuya utilidad al Instituto de la Juventud no se corresponde dados los fines diferentes existentes, aun cuando éste por aplicación de la normativa de transferencias de la extinguida Administración del Movimiento haya resultado titular de los mismos.

En consecuencia, previa consulta a, la Abogacía del Estado, evacuada mediante informe trasladado al Secretario general técnico del Departamento con fecha 5 del actual, teniendo en cuenta lo dispuesto en el artículo 95 de la Ley de Patrimonio del Estado −texto articulado aprobado por Decreto 1022/1964, de 15 de abril−, vistas las facultades que como Director del Organismo Autónomo Instituto de la Juventud me competen y contando con la autorización del Subsecretario del Departamento, he tenido a bien resolver:

1.º Acordar la subasta para la enajenación y subsiguiente liquidación de bienes procedentes de la Red de Bazares Juveniles de la extinguida Delegación Nacional de la Juventud.

2.º La subasta se ajustará a las prescripciones legales que resultan de aplicación, en especial los artículos 61 y siguientes, y 95 de la Ley de Patrimonio del Estado, y artículos 115 y siguientes y 139 de su Reglamento, y deberá efectuarse antes del 31 de diciembre del presente año.

3.º Por la Subdirección del Instituto de la Juventud se tomarán las medidas precisas para la ejecución de lo dispuesto en la presente Resolución.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Madrid, 29 de octubre de 1979.−El Director del Instituto, López-Cirera Villalba.

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