Visto el expediente incoado en esta Delegación Provincial, cuya descripción se reseña a continuación, solicitando autorización administrativa, aprobación del proyecto de ejecución y declaración en concreto de utilidad pública, y cumplidos los trámites reglamentarios ordenados en los capítulos III del Decreto 2617/1966, sobre autorización de instalaciones eléctricas; Decreto 2619/1966, de 20 de octubre; Reglamento de 23 de febrero de 1949, y de acuerdo con lo ordenado en la Ley de 24 de noviembre de 1939, sobre ordenación y defensa de la industria,
Esta Delegación Provincial del Ministerio de Industria y Energía ha resuelto autorizar administrativamente y aprobar el proyecto de ejecución de la siguiente instalación eléctrica;
a) Peticionario: «Compañía Sevillana de Electricidad, S. A.».
b) Domicilio: Granada, Escudo del Carmen, 31.
c) Estación transformadora:
Emplazamiento: «Subestación estación de Moreda».
Tipo: Interior e intemperie.
Potencia: 2.000, 1.500 y 400 KVA.
Relación de transformación: 25/15 KV., 25/8 KV. y 25/20 KV. ± 5 por 100 por 230-133 V.
d) Procedencia de los materiales: Nacional.
e) Presupuesto: 4.957.751 pesetas.
f) Finalidad de la instalación: Enlace entre las líneas Huélago-Estación Huélago-Atascadero-Silo-Estación Moreda a 25 KV. y Estación Moreda-Moreda Iznalloz a 8 KV., y Estación Moreda Aguas Potables-Laborcillas a 15 KV.
g) Referencia: 2.613/A.T.
Las obras se ajustarán en los que no resulte modificado por la presente resolución o por las pequeñas variaciones que, en su caso, puedan ser autorizadas, al proyecto presentado, con las obligadas modificaciones que resulten de su adaptación a las instrucciones de carácter general y Reglamentos vigentes, quedando sometidas las instalaciones a la inspección y vigilancia de esta Delegación Provincial.
El plazo de puesta en marcha será de un mes.
El peticionario dará cuenta por escrito del comienzo y terminación de las obras, a efectos de reconocimiento y extensión del acta de puesta en marcha.
Declarar en concreto de utilidad pública la instalación que se autoriza, a los efectos que determina la Ley 10/1966, de 18 de marzo (sobre expropiación forzosa y sanciones en materia de instalaciones eléctricas), y su Reglamento aprobado por Decreto 2619/1966, de 20 de octubre.
Granada, 16 de octubre de 1979.–El Delegado provincial, Huberto Meersmans Hurtado.–6.416-14.
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