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Documento BOE-A-1979-28349

Orden de 12 de noviembre de 1979 por la que se convoca para 1979 el Premio Nacional «María Espinosa» para trabajos de investigación científica y de periodismo, relativos a la problemática de la mujer.

Publicado en:
«BOE» núm. 284, de 27 de noviembre de 1979, páginas 27395 a 27396 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Cultura
Referencia:
BOE-A-1979-28349

TEXTO ORIGINAL

Ilmos. Sres.: La Orden de 13 de septiembre de 1978, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 229, de fecha 25 de septiembre de 1978, crea este premio nacional con el propósito de promover y fomentar la investigación científica y la información y divulgación sobre la problemática femenina, a propuesta de la Dirección General de Desarrollo Comunitario del Ministerio de Cultura.

En su virtud, y a propuesta de la citada Dirección General de Desarrollo Comunitario, ha tenido a bien disponer:

Convocar el Premio «Marta Espinosa», para 1979, de acuerdo con las bases siguientes:

Primera.

Podrán concurrir a este premio todas las personas físicas o jurídicas de cualquier nacionalidad.

Segunda.

El premio tendrá las siguientes modalidades:

I. Tesis doctorales

Dotación para la tesis premiada: Cuatrocientas mil pesetas.

II. Proyectos de trabajos científicos

Dotación para el proyecto premiado: Doscientas cincuenta mil pesetas.

Accésit: Dos de ciento veinticinco mil pesetas cada uno.

III. Memorias fin de carrera (tesinas)

a) De carrera universitaria superior: Dotación para la Memoria premiada, cien mil pesetas.

b) De carrera universitaria de grado medio o asimilada: Dotación para la Memoria premiada, cien mil pesetas.

IV. Artículos o reportajes periodísticos

a) Para trabajos publicados: Dotación para el artículo o reportaje premiado, setenta y cinco mil pesetas.

b) Para trabajos no publicados: Dotación para el artículo premiado, cincuenta mil pesetas.

Tercera.

Los concursantes que presenten trabajos dentro de la modalidad I, tesis doctorales, y III, a), Memorias fin de carrera (tesinas), correspondientes a estudios universitarios superiores, habrán de presentar, con la instancia de solicitud, dos ejemplares del mismo, al que unirán certificación académica en la que se haga constar que la misma ha merecido, por lo menos, la calificación de aprobado por alguna Universidad española o extranjera. En el caso de la modalidad III, b), esta certificación habrá de ser del Centro decente correspondiente. Tanto las tesis doctrinales como las Memorias fin de carrera o tesinas deberán haber sido presentadas y aprobadas durante los cursos académicos de 1976-77, 1977-78 y 1978-79.

Los concursantes que se presenten al premio dentro de la modalidad II, proyectos de trabajos científicos, habrán de acompañar a la instancia de solicitud, y por duplicado, un proyecto detallado del mismo, en el que consten los siguientes extremos: Memoria, índice provisional, plan de actuación, metodología, así como la fijación de fechas para la terminación y presentación del trabajo, que no podrá ser superior a un año a partir de la fecha en que se notifique la adjudicación del premio o de la concesión del accésit.

Los concursantes que presenten trabajos dentro de la modalidad IV, artículos o reportajes periodísticos, presentarán con la instancia de solicitud, y para el supuesto a), dos ejemplares del diario, revista, libro u otra publicación en la que aparezca impreso el artículo o reportaje periodístico de que se trate, y en el caso de que se hubiera publicado sin firma o bajo seudónimo, deberá acompañarse certificación del Director de la publicación en la que se haga constar el nombre auténtico del autor. La publicación de estos trabajos deberá corresponder necesariamente a los años 1977, 1978 y 1979.

En cuanto al supuesto b), los concursantes deberán presentar su artículo o reportaje periodístico, de una extensión no superior a tres folios mecanografiados por una sola cara y a doble espacio, al que acompañarán, junto con la instancia de solicitud, una declaración jurada, haciendo constar que el trabajo, presentado no ha sido publicado ni difundido por otro sistema ni en España ni en el extranjero.

Cuarta.

La presentación de trabajos y proyectos para tomar parte en la convocatoria, de este premio supone la aceptación expresa y formal de estas bases y del fallo inapelable del Jurado.

Quinta.

Las instancias para participar en este premio deberán dirigirse al Director general de Desarrollo Comunitario (premio «María Espinosa») del Ministerio de Cultura, avenida del Generalísimo, 39, Madrid-16, en el plazo de cinco meses a partir de la publicación de esta convocatoria y bases en el «Boletín Oficial del Estado».

Sexta.

En todo caso, el concursante o concursantes que envíen trabajos o proyectos al premio deberán acompañar a la instancia de solicitud su correspondiente currículum vitae.

Séptima.

Salvo en el caso de tesis doctorales o Memorias fin de carrera (tesinas), los concursantes podrán presentar el número de trabajos que deseen.

Octava.

El concurso, en todas o en algunas de sus modalidades, podrá declararse desierto si el Jurado considera que los trabajos o los proyectos presentados no alcanzan la categoría científica o periodística suficiente, o que su contenido no encaja dentro del marco general de la problemática de la mujer.

Novena.

El Jurado, para las modalidades I, II y III, estará compuesto por un representante de cada una de las Facultades universitarias siguientes: Filosofía y Letras, Ciencias Económicas, Ciencias Políticas y Sociología, Ciencias de la Información, Derecho, Ciencias o Medicina, así como de dos representantes del Ministerio de Cultura, uno de los cuales, con voz y voto, actuará de Secretario.

El Jurado, para la modalidad IV, estará constituido por un representante de la Facultad de Ciencias de la Información de Madrid, un representante de los diarios nacionales, un representante de revistas nacionales y dos representantes del Ministerio de Cultura, uno de los cuales, con voz y voto, actuará de Secretario.

Los Jurados podrán solicitar de algún experto de reconocida solvencia, y siempre por unanimidad, la redacción de informes técnicos sobre determinadas materias en las que se base alguno de los trabajos presentados.

En los dos Jurados ostentará la presidencia el Subsecretario del Ministerio de Cultura, o persona en quien delegue.

Décima.

El resultado del concurso se dará a conocer públicamente dentro del plazo de un mes a partir de la fecha en que expire el plazo de cinco meses para la presentación de los trabajos, y de los proyectos, en el caso de la modalidad II.

Undécima.

La Dirección General de esarrollo Comunitario se reserva el derecho de proceder a la publicación total o parcial de una primera edición exenta de derechos de autor, con un máximo de 4.000 ejemplares y de sucesivas ediciones previamente puestas al día, con el devengo de unos derechos de autor equivalentes al lo por 100 del precio de venta al público.

Duodécima.

El concursante a quien se adjudique el premio o uno de los accésit dentro de la modalidad II, además de cumplir las bases generales de la presente convocatoria, se obliga:

1.º A realizar la investigación de acuerdo con el proyecto presentado y en el plazo previsto.

2.º A presentar un informe sobre la marcha del trabajo al final de cada uno de los plazos parciales que resulten de dividir entre cuatro el plazo total.

3.º A la aceptación de la cantidad asignada al premio en cuatro partes, correspondientes a cada uno de los plazos de presentaoión de los informes mencionados en el apartado anterior.

Lo que comunico a VV. II. para su conocimiento y efectos.

Dios guarde a VV. II. muchos años.

Madrid, 12 de noviembre de 1979.

CLAVERO AREVALO

Ilmos. Sres. Subsecretario de Cultura y Director general de Desarrollo Comunitario.

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