Ilmo. Sr.: Habiéndose dictado por la Audiencia Nacional, con fecha 10 de mayo de 1979, sentencia en el recurso contencioso-administrativo número 40.425, interpuesto por doña Sara Plaza Basco y otros, sobre concentración parcelaria; sentencia cuya parte dispositiva dice así:
«Fallamos: Que, desestimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Procurador don Alejandro García Yuste, en nombre de doña Sara Plaza Basco, doña Celestina-Margarita, doña Isabel García Plaza y don Manuel Plaza Basco contra la Administración demandada, y que tiene por objeto la Orden del Ministerio de Agricultura de veinticinco de junio de mil novecientos setenta' y cinco, por la que se aprobó la concentración parcelaria de Villaseca de la Sagra, debemos declarar y declaramos conforme a derecho la Orden impugnada, desestimando igualmente las demás pretensiones fundadas contra la Administración; sin expresa imposición de costas.»
Este Ministerio ha tenido a bien disponer se cumpla en sus propios términos la precitada sentencia.
Lo que comunico a V. I.
Dios guarde a V. I. muchos años.
Madrid, 6 de noviembre de 1979.‒P. D., el Subsecretario, Luis Mardones Sevilla.
Ilmo. Sr. Subsecretario del Departamento.
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