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Documento BOE-A-1979-28803

Orden de 6 de noviembre de 1979 por la que se dispone se cumpla en sus propios términos la sentencia dictada por el Tribunal Supremo en el recurso contencioso-administrativo número 405.570, interpuesto por el Consejo General de Colegios de Ingenieros Técnicos Agrícolas y Peritos Agrícolas de España.

Publicado en:
«BOE» núm. 291, de 5 de diciembre de 1979, páginas 28052 a 28052 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Agricultura
Referencia:
BOE-A-1979-28803

TEXTO ORIGINAL

Ilmo. Sr.: Habiéndose dictado por el Tribunal Supremo, con fecha 18 de junio de 1979 sentencia firme en el recurso contencioso-administrativo número 405.570, interpuesto por el Consejo General de Colegios de Ingenieros Técnicos Agrícolas y Peritos Agrícolas de España, sobre exigencia de estudio agronómico firmado por Ingenieros Agrónomos o Ingenieros Técnicos Agrícolas para concesiones de aprovechamiento de aguas públicas; sentencia cuya parte dispositiva dice así:

«Fallamos: Que debemos declarar y declaramos inadmisible el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la representación del Consejo General de Colegios de Ingenieros Técnicos Agrícolas y Peritos Agrícolas de España, tramitado con el número cuatrocientos cinco mil quinientos setenta ante esta Sala, contra la, resolución denegatoria tácita, por silencio administrativo, del Ministerio de Agricultura a la petición formulada por la Entidad recurrente en escrito de cinco de noviembre de mil novecientos setenta y tres, dirigido a aquel Ministerio. Sin imposición de costas.»

Este Ministerio ha tenido a bien disponer se cumpla en sus propios términos la precitada sentencia.

Lo que comunico a V. I.

Dios guarde a V. I. muchos años.

Madrid, 6 de noviembre de 1979.–P. D., el Subsecretario, Luis Mardones Sevilla.

Ilmo. Sr. Subsecretario del Departamento.

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