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Documento BOE-A-1979-29263

Resolución de la Dirección General de la Energía por la que se autoriza el establecimiento de la Subestación de interconexión denominada «Aragón» y se declara en concreto la utilidad pública de la misma.

Publicado en:
«BOE» núm. 297, de 12 de diciembre de 1979, páginas 28539 a 28539 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria y Energía
Referencia:
BOE-A-1979-29263

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente incoado en la Delegación Provincial de este Ministerio en Teruel, a instancia de «Empresa Nacional de Electricidad, S. A.», con domicilio en Madrid, calle Velázquez, número 132, y de «Empresa Nacional Hidroeléctrica del Ribagorzana, S. A.», con domicilio en Barcelona, paseo de Gracia, número 132, solicitando autorización para instalar una subestación de interconexión y la declaración en concreto de la utilidad pública de la misma, y cumplidos los trámites reglamentarios ordenados en el capítulo III del Decreto 2617/1966, sobre expropiación forzosa y sanciones en materia de instalaciones eléctricas, y la Ley de 24 de noviembre de 1939.

Resultando que a la citada autorización se oponen el Ayuntamiento de Escatrón y 597 vecinos de esa localidad alegando, en síntesis, que no está justificado el nuevo emplazamiento de la subestación y que originará unos perjuicios económicos para Escatrón al no percibir las tasas municipales jue devengaría la subestación, así como un perjuicio moral para el buen nombre de la localidad y unos perjuicios materiales, al ser mayor el número de líneas que han de tenderse.

Resultando que a los citados argumentos contestan las Empresas peticionarias alegando que el cambio de emplazamiento responde tanto a las dificultades encontradas por parte de vecinos de Escatrón afectados que «se opusieron tenazmente a la instalación» como a la «necesidad de disponer con urgencia» de la misma y que no se produce ningún perjuicio económico al Ayuntamiento de Escatrón.

Visto el informe favorable a la instalación emitido por la Delegación Provincial de este Ministerio en Teruel.

Considerando que la valoración de la necesidad y la urgencia de la instalación, así como su emplazamiento, es una facultad discrecional de la Administración.

Considerando que los motivos expuestos por parte de las Empresas peticionarias justifican el traslado del emplazamiento primitivo de la subestación.

Esta Dirección General de la Energía, a propuesta de la Sección correspondiente de la misma, ha resuelto:

Autorizar a «Empresa Nacional de Electricidad, S. A. (ENDESA), y a «Empresa Nacional Hidroeléctrica del Ribagorzana, Sociedad Anónima (ENHER), el establecimiento de una subestación de interconexión de líneas a 400 KV. denominada «Aragón», situada en el término municipal de Castelnou (Teruel), tipo intemperie de doble barra de transferencia con disyuntor de seccionamiento longitudinal en las barras principales, disyuntor de transferencia y dos posiciones de acomplamiento para seis posiciones de línea denominadas «C. T. Teruel 1 y 2», «C. T. Escatrón», «Mequinenza», «Aseó 1 y 2» y posibilidades de posibles ampliaciones.

La finalidad de esta subestación, en esta primera fase, será conectar la «C. T. Teruel» a la red nacional, así como con los restantes centros de producción próximos a aquella zona y, en su día, con la red francesa.

Esta resolución anula la que con igual finalidad y características se dictó en fecha 15 de septiembre de 1977.

Declarar en concreto la utilidad pública de la instalación eléctrica que se autoriza, a los efectos señalados en la Ley 10/1966 sobre expropiación forzosa y sanciones en materia de instalaciones eléctricas y en su Reglamento de aplicación aprobado por Decreto 2619/1966, de 20 de octubre.

Esta instalación no podrá entrar en servicio mientras no cuenten los peticionarios de la misma con la aprobación de su proyecto de ejecución previo cumplimiento de los trámites que se señalan en el capítulo IV del citado Decreto 2617/1966, de 20 de octubre, debiendo solicitarse la indicada aprobación en el plazo máximo de ocho meses.

Caso de no ser factible lo anteriormente expuesto, se procederá por los peticionarios de la autorización a cumplimentar io que para concesión de prórroga se ordena en el capítulo IV del Decreto 1775/1967, de 22 de julio.

Lo que comunico a V. S.

Dios guarde a V. S. muchos años.

Madrid, 15 de noviembre de 1979.–El Director general, Ramón Leonato Marsal.

Sr. Delegado provincial del Ministerio de Industria y Energía en Teruel.

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