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Documento BOE-A-1979-29269

Resolución de la Delegación Provincial de Zamora por la que se autoriza el establecimiento de la instalación que se cita (expediente A.76/75).

Publicado en:
«BOE» núm. 297, de 12 de diciembre de 1979, páginas 28540 a 28540 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria y Energía
Referencia:
BOE-A-1979-29269

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente incoado en la Sección de Industria de esta Delegación Provincial del Ministerio de Industria y Energía en Zamora, a petición de «Unión Eléctrica, S. A.», con domicilio en León, Independencia, 1, solicitando autorización y declaración en concreto de utilidad pública para el establecimiento de una línea eléctrica a 15 KV., y cumplidos los trámites reglamentarios ordenados en el capítulo III del Decreto 2617/1966, sobre autorización de instalaciones eléctricas, y en el capítulo III del Reglamento aprobado por Decreto 2619/1966, sobre expropiación forzosa y sanciones en materia de instalaciones eléctricas, y de acuerdo con lo ordenado en la Orden de este Ministerio de 1 de febrero de 1968 y Ley de 24 de noviembre de 1939, sobre ordenación y defensa de la industria,

Esta Delegación Provincial del Ministerio de Industria y Energía en Zamora, a propuesta de la Sección correspondiente, ha resuelto:

Autorizar a «Unión Eléctrica, S. A.», la instalación de las líneas eléctricas cuyas principales características son las siguientes:

Línea aérea trifásica a 15 KV., de 4.848 metros de longitud, con origen en apoyo número 54 de la línea de Mombuey a Castellanos y final en centro de transformación en Manzanal de los Infantes.

Línea aérea trifásica a 15 KV., de 1.338 metros de longitud, con origen en apoyo número 84 de la línea a Manzanal de los Infantes y final en centro de transformación en Sejas de Sanabria.

Apoyos de hormigón, crucetas de madera, aisladores de vi» drlo y conductor LA-30.

La finalidad de estas instalaciones es mejorar el suministro en la zona.

Declarar en concreto la utilidad pública de la instalación eléctrica que se autoriza, a los efectos señalados en la Ley 10/1966, sobre expropiación forzosa y sanciones en materia de instalaciones eléctricas, y su Reglamento de aplicación de 20 de octubre de 1966.

Esta instalación no podrá entrar en servicio mientras no cuente el peticionario de la misma con la aprobación de su proyecto de ejecución, previo cumplimiento de los trámites que ee señalan en el capítulo IV del citado Decreto 2617/1966, de 20 de octubre.

Zamora, 2 de noviembre de 1979.–El Delegado provincial. 9.449-C.

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