Contido non dispoñible en galego
Ilmo. Sr.: Próxima la apertura al tráfico internacional del aeropuerto de La Coruña, y dotado de las instalaciones precisas, se hace necesario establecer el Servicio de Aduanas correspondiente.
En consecuencia, p tenor del artículo 13 de las Ordenanzas de Aduanas,
Este Ministerio dispone:
Se crea la Delegación de la Aduana de La Coruña en el aeropuerto de dicha capital, con habilitación para despachos y operaciones aduaneras tanto del tráfico de pasajeros como de mercancías.
Se autoriza a esa Dirección General para dictar las disposiciones y normas necesarias para el cumplimiento de la presente Orden.
Lo digo a V.I. para su conocimiento y efectos.
Dios guarde a V.I. muchos años.
Madrid, 6 de noviembre de 1979.–P. D., el Subsecretario de Hacienda, Carlos García de Vinuesa y Zabala.
Ilmo. Sr. Director general de Aduanas e Impuestos Especiales.
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