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Advertido error en el texto remitido para su publicación de la citada Orden, inserta en el «Boletín Oficial del Estado» número 181, de fecha 30 de julio de 1979, página 17892, se transcribe a continuación la oportuna rectificación:
En las líneas de la tercera a la sexta del apartado primero, donde dice: «...para la importación de tejidos de fibras textiles sintéticas discontinuas, sin acabar (en empesa) (P. E. 56.07.04.3), y la exportación de tejidos de fibras textiles sintéticas discontinuas, acabados (P. E. 56.07.04.1)», debe decir: «...para la importación de tejidos de fibras textiles sintéticas discontinuas, sin acabar (en empesa) (P. E. 56.07.04.1), y la exportación de tejidos de fibras textiles sintéticas discontinuas, acabados (P. E. 56.07.04.3)».
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