Contido non dispoñible en galego
El ilustrísimo señor Director general de Puertos y Costas, en uso de las facultades delegadas por Orden ministerial de 6 de junio de 1979 («Boletín Oficial del Estado» del 23), ha otorgado, con fecha 7 de noviembre de 1979, una autorización al Club Náutico de Oliva, cuyas características son las siguientes:
Provincia: Valencia.
Término municipal: Oliva.
Superficie aproximada: 74.715 metros cuadrados, de los que 21.405 corresponden a la zona marítimo-terrestre y 53.310 al mar territorial.
Destino: Construcción de una dársena interior en la zona marítimo-terrestre y mar territorial, en «La Goleta».
Plazo concedido: Cuarenta años.
Canon: Siete pesetas por metro cuadrado y año por los terrenos ocupados en la zona marítimo-terrestre y mar territorial para las obras emergidas y la dársena, con exención para las obras de defensa y canal de acceso.
Prescripciones:
Prescripción previa: Esta autorización no tendrá efecto en tanto no quede resuelta la evacuación de las aguas residuales, a cuyo efecto el concesionario deberá presentar en la Cuarta Jefatura Regional de Costas y Puertos, en el plazo de tres meses, el anexo correspondiente a la evacuación de dichas aguas, de acuerdo con las normas dictadas al respecto por Ordenes ministeriales de 31 de marzo de 1976 y 29 de abril de 1977.
Otras prescripciones:
En caso de emergencia, por avería, mal tiempo, desembarque de enfermos, accidentados o similares, será libre la entrada al refugio para cualquier embarcación que lo interese.
Lo que se hace público para general conocimiento.
Madrid, 27 de noviembre de 1979.‒El Director general, Carlos Martínez Cebolla.
Axencia Estatal Boletín Oficial do Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid