En el recurso contencioso-administrativo número 914/75, interpuesto ante la Audiencia Territorial de Madrid por «Banco de Vizcaya, S. A.», contra resolución del Registro de la Propiedad Industrial de 31 de mayo de 1974, se ha dictado con fecha 31 de mayo de 1978, sentencia por la Audiencia Territorial de Madrid, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Que debemos estimar y estimamos el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Procurador don Juan Corojo López Villamil, en nombre y representación del "Banco de Vizcaya, S. A.», contra la resolución del Registro de la Propiedad Industrial de treinta y uno de mayo de mil novecientos setenta y cuatro y contra la denegación presunta por silencio, del recurso de reposición formulado contra aquélla, por ser tales actos disconformes con el ordenamiento jurídico, y en consecuencia, los anulamos y acordamos le sea concedida a la Entidad actora la marca española número quinientos cincuenta y seis mil ciento cincuenta y cuatro (“V” gráfica) para la clase 6.ª del Nomenclatos Oficial. Sin costas.
Así, por esta nuestra sentencia, que se publicará en el “Boletín Oficial del Estado” e insertará en la “Colección Legislativa”, definitivamente juzgando, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.»
En su virtud, este Organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. S. para su conocimiento y demás efectos.
Dios guarde a V. S. muchos años.
Madrid, 15 de diciembre de 1978.–El Director del Registro, Antonio Villalpando Martínez.
Sr. Secretario general del Registró de la Propiedad Industrial.
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