Ilmo. Sr.: Habiendo recaído resolución firme de la Audiencia Nacional de Madrid, con fecha 18 de octubre de 1978, en el recurso contencioso-administrativo número 40.275 interpuesto por María Francisca Ortega González contra este Departamento, sobre sanción de suspensión de empleo y sueldo por tres meses.
Este Ministerio, en virtud de las facultades concedidas a esta Subsecretaría por Orden de 25 de agosto de 1977, ha tenido a bien disponer se cumpla la citada sentencia en sus propios términos, cuya parte dispositiva, literalmente, dice:
«Fallamos: Que desestimando el recurso número cuarenta mil doscientos setenta y cinco interpuesto por doña María Francisca Ortega González, contra resolución del Ministerio de Trabajo de trece de abril de mil novecientos setenta y siete, y once de diciembre de mil novecientos setenta y seis, debemos confirmar como confirmamos los mencionados acuerdos, por ser conformes a derecho; sin expresa condena en costas.
Así por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos: Jerónimo Arozamena.–Ramón Guerra.–Federico Sainz de Robles.–José María Ruiz-Jarabo.–Diego Rosas.–(Rubricado).»
Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y a loa efectos de lo dispuesto en los artículos 103 y siguientes de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 27 de diciembre de 1958.
Dios guarde a V. I.
Madrid, 19 de diciembre de 1978.–El Subsecretario de la Salud, José Javier Viñes Rueda.
Ilmo. Sr. Director general de Asistencia Sanitaria.
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