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Documento BOE-A-1979-30549

Resolución de la Delegación Provincial de León por la que se autoriza el establecimiento de la instalación eléctrica que se cita (expediente 24.101-R. I. 6.337).

Publicado en:
«BOE» núm. 311, de 28 de diciembre de 1979, páginas 29745 a 29746 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria y Energía
Referencia:
BOE-A-1979-30549

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente incoado en la Sección de Energía de esta Delegación Provincial a petición de «Iberduero, S. A.», distribución León, con domicilio en León, calle Legión VII, número 6, por la que solicita autorización y declaración en concreto de utilidad pública para el establecimiento de la línea eléctrica, centro de transformación y red de baja tensión, y cumplidos los trámites reglamentarios ordenados en el capítulo III del Decreto 2617/1966, sobre autorización de instalaciones eléctricas, y en el capítulo III del Decreto 2619/1966, sobre expropiación forzosa y sanciones en materia de instalaciones eléctricas, y de acuerdo ron lo dispuesto en la Orden de este Ministerio de 1 de febrero de 1968 y en la Ley de 24 de noviembre de 1939, sobre ordenación y defensa de la industria,

Esta Delegación Provincial, a propuesta de su Sección mencionada, ha resuelto:

Autorizar a «Iberduero, S. A.», distribución León, la instalación de la línea eléctrica, centro de transformación y red de baja tensión, cuyas principales características son las siguientes:

Una línea aérea trifásica, de un solo circuito, a 20 K.V., con conductor de aluminio-acero de 31,1 milímetros cuadrados, aisladores de vidrio «ESA número 1.507», en cadena de dos elementos y apoyo de hormigón armado con cruceta metálica, con entronque en la línea de «Iberduero, S. A », Boñar-Puebla de Lillo-San Isidro con una longitud, de 105 metros, finalizando en un centro de transformación, de tipo intemperie, sobre dos apoyos de hormigón armado, con transformador trifásico de 25 KVA., tensiones 30 KV/398-230 V., que se instalará en el caserío de San Isidro, completándose la instalación con red de baja tensión aérea, trenzada, aislada, cruzándose con la línea de media tensión, línea telefónica de la «Compañía Telefónica Nacional de España».

Declarar en concreto la utilidad pública de la instalación eléctrica que se autoriza, a los efectos señalados en la Ley 10/1966, sobre expropiación forzosa y sanciones en materia de instalaciones eléctricas, y en su Reglamento de aplicación, aprobado por Decreto 2619/1966, de 20 de octubre.

Esta instalación no podrá entrar en servicio mientras no cuente el peticionario de la misma con la aprobación de su proyecto de ejecución, previo cumplimento de los trámites que se señalan en el capítulo IV del citado Decreto 2617/1966, de 20 de octubre.

León, 17 de noviembre de 1979.‒El Delegado provincial, Miguel Casanueva Viedma.‒7.255-15.

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