Padecidos errores en la inserción del Convenio Colectivo anejo a la citada Resolución, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 172, de fecha 19 de julio de 1979, se transcriben a continuación las oportunas rectificaciones:
Página 16800, artículo 47, párrafo 11, donde dice: «... convocatoria, como también lo tendrá...», debe decir: «... convocatoria, como tampoco lo tendrá...».
Página 16805, artículo 114,, párrafo 1.°, donde dice: «Descansa durante...», debe decir: «Descanso durante...».
Página 16806, artículo 124, párrafo 1.°, donde dice: «... y obtenerlo, el Banco, si así lo acuerda a petición del interesado, tomar a su concurran y en las condiciones expuestas anteriormente», debe decir: «... y obtenerlo, si el Banco así lo acuerda, atendiendo las circunstancias que concurran y en las condiciones expuestas anteriormente».
Página 16812, artículo 170, párrafo 2.°, donde dice: «... a los interesados del Banco...», debe decir: «... a los intereses del Banco...».
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