Edukia ez dago euskaraz
Ilmo. Sr.: La demanda de escolarización que a nivel de la educación de Formación Profesional, se prevé para el curso 1978-79, según los programas formulados al efecto por los diferentes Delegaciones Provinciales, determina la necesidad de ajustar las enseñanazas correspondientes al citado nivel que en la actualidad imparten los Centros Nacionales de la red dependientes de este Departamento para acomodarlas, en la medida de los recursos disponibles, a la demanda prevista.
En consecuencia, de conformidad con la propuesta de la Dirección General de Enseñanazas Medias, con las atribuciones que le confiere la vigente Ley General de Educación y demás disposiciones aplicables al caso,
Este Ministerio ha resuelto:
Se amplían, a partir del curso 1978-79 las enseñanzas de Formación Profesional en el Centro Nacional de Formación Profesional de 1.° y 2.° grados, de Erandio (Vizcaya), en el Primer Grado de Formación Profesional de la Rama Sanitaria, Profesión Clínica.
Queda autorizada esa Dirección General para dictar las resoluciones que considere necesarias para la adecuada aplicación e interpretación de lo que por la presente se dispone.
Lo digo a V. I. para su conocimiento y demás efectos.
Diso guarde a V I.
Madrid, 6 de diciembre de 1978.–P. D., el Subsecretario, Antonio Fernández-Galiano Fernández.
Ilmo. Sr. Director general de Enseñanzas Medias.
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