Excmo. Sr.: En el recurso contencioso-administrativo seguido en única instancia ante la Sala Segunda de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Territorial de Madrid, entre partes; de una, como demandante, don Luis Pérez Frade, quien postula por sí mismo, y de otra, como demandada, la Administración Pública, representada y defendida por el Abogado del Estado, contra resoluciones del Ministerio del Ejército de 28 de junio y 22 de diciembre de 1975, se ha dictado sentencia con fecha 30 de julio de 1978, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Que desestimamos el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Procurador don Ramiro Reynolds de Miguel, en nombre y representación de don Luis Pérez Frade, contra las resoluciones del Ministerio del Ejército de veintiocho de junio y veintidós de diciembre de mil novecientos setenta y cinco, ésta desestimatoria del recurso de reposición contra aquélla interpuesto, debemos declarar y declaramos no haber lugar al mismo por estar ajustadas al ordenamiento jurídico las mencionadas resoluciones; sin hacer especial condena en costas.
Así por esta nuestra sentencia lo pronunciamos, mandamos y firmamos.»
En su virtud, este Ministerio, de conformidad con lo establecido en la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956 («Boletín Oficial del Estado» número 363), ha dispuesto que se cumpla en sus propios términos la expresada sentencia.
Lo que digo a V. E. para su conocimiento y demás efectos.
Dios guarde a V. E. muchos años.
Madrid, 28 de diciembre de 1978.
GUTIERREZ MELLADO
Excmo. Sr. Subsecretario del Ministerio de Defensa y General Director de Mutilados de Guerra por la Patria.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid